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Crédito por retención de empleados (ERC) considerados cuestionables, IRS permite devoluciones a una tasa con descuento



Como parte de una iniciativa en curso destinada a combatir las reclamaciones dudosas del Crédito por retención de empleados (ERC), el Servicio de Impuestos Internos lanzó un nuevo Programa de divulgación voluntaria, para ayudar a las empresas que quieran devolver el dinero que recibieron después de presentar reclamaciones al ERC por error.


El nuevo programa de divulgación, que ha estado en proceso durante varios meses, es parte de un esfuerzo mayor del IRS para detener el mercadeo agresivo en torno a ERC que indujo a algunos empleadores a presentar reclamos por error. El programa de divulgación especial estará vigente hasta el 22 de marzo de 2024 y el IRS agregó disposiciones que permiten el reembolso del 80% del reclamo recibido.


El IRS también continúa instando a los empleadores con reclamos pendientes del ERC a considerar un programa de retiro separado que les permita eliminar un reclamo pendiente del ERC sin intereses ni multas. El IRS ya ha recibido más de $100 millones en retiros mientras la agencia continúa intensificando las auditorías y el trabajo de investigación criminal en esta área.


A medida que continúen estas iniciativas especiales para el ERC, el IRS proporcionará una actualización en el nuevo año acerca del estado de la moratoria. Además, el IRS envió por correo 20,000 cartas de denegación a solicitantes del ERC a principios de este mes.


"El programa de divulgación proporciona una opción muy necesaria para los empleadores que se vieron arrastrados a estos reclamos y ahora se dan cuenta de que no deberían haber presentado una solicitud", dijo el comisionado del IRS, Danny Werfel. “A partir de las conversaciones que hemos tenido con contribuyentes y profesionales de impuestos de todo el país, entendemos que hay muchos empleadores deseosos de corregir su error, pero que siguen preocupados por su capacidad de devolver la parte del crédito que se ha perdido al promotor que los metió en este lío. Esta nueva opción, con la oportunidad de hacerlo bien con un costo financiero más bajo, brinda el alivio que estos contribuyentes solicitaron. La nueva iniciativa también ayudará con nuestros esfuerzos continuos para recopilar información sobre los promotores que crearon esta situación al presionar agresivamente a las personas para que solicitarán el crédito.”


Los contribuyentes interesados en aprovechar el Programa de divulgación voluntaria del ERC deben presentar su solicitud antes del 18 de marzo de 2024. Aquellos que sean aceptados en el programa por el IRS solo tendrán que devolver el 80% del crédito que recibieron. Si el IRS les pagó intereses en su reclamo de reembolso de ERC, no necesitan pagar esos intereses. Los empleadores que no puedan pagar el 80% requerido del crédito pueden ser considerados para un acuerdo de pago a plazos caso por caso, pendiente de la presentación y revisión de un Formulario 433-B, Declaración de información de cobro para empresas, disponible en el IRS.gov y toda la documentación de respaldo requerida.


El IRS no cobrará a los participantes del programa intereses ni multas sobre los créditos que paguen. Sin embargo, si el empleador no puede pagar el 80% requerido del crédito al momento de firmar el acuerdo de cierre, entonces se le exigirá que pague multas e intereses en relación con el acuerdo de pago a plazos.


El IRS seleccionó un reembolso del 80% porque muchos de los promotores del ERC cobraban una tarifa porcentual en el momento del pago o antes del pago, y los destinatarios nunca recibieron el monto total.


Para calificar para este programa, el empleador debe proporcionar al IRS los nombres, direcciones y números de teléfono de los asesores o preparadores de impuestos que los asesoraron o ayudaron con su reclamo y detalles sobre los servicios brindados.


Programa de divulgación voluntaria del ERC: ¿Quién puede solicitar?


Pueden solicitar una variedad de destinatarios del ERC. Cualquier empleador que ya haya recibido el ERC para un período tributario, pero no tenga derecho a recibirlo puede solicitarlo si también se cumple lo siguiente:

  • El empleador no está bajo investigación criminal y no ha sido notificado de que está bajo investigación criminal.

  • El empleador no está bajo una inspección de impuestos sobre el empleo del IRS para el período tributario para el cual solicita el Programa de divulgación voluntaria.

  • El empleador no ha recibido una notificación del IRS y una demanda de reembolso de parte o la totalidad del ERC.

  • El IRS no ha recibido información de un tercero de que el contribuyente no está cumpliendo o no ha adquirido información directamente relacionada con el incumplimiento a partir de una acción de cumplimiento.

Cómo solicitar


Se espera que los empleadores paguen su ERC completo, menos la reducción del 20% permitida a través del Programa de divulgación voluntaria. Los empleadores que no puedan pagar el monto total tendrán la opción de establecer un acuerdo de pago a plazos bajo ciertas condiciones.


Empleadores que subcontratan su nómina deben solicitar a través de terceros


Muchos empleadores subcontratan sus obligaciones de nómina a un tercero que informa, recauda y paga los impuestos sobre la nómina en nombre del empleador, con el Número de Identificación del Empleador (EIN) del tercero. En esta situación, el tercero, no el empleador, debe presentar el Formulario 13454. 


¿Qué sucede cuando se aprueba una solicitud?


El IRS enviará por correo al solicitante un acuerdo de cierre. A continuación, deben devolver el 80% del ERC que recibieron, ya sea en línea o por teléfono, a través del Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales (EFTPS). EFTPS es el sistema del Departamento del Tesoro que la mayoría de las empresas ya usan para pagar diversas obligaciones tributarias federales. Finalmente, deben devolver el acuerdo de cierre firmado al IRS.

Si el contribuyente no puede pagar el monto total, puede optar por un acuerdo de pago a plazos con el IRS para pagar a plazos. Sin embargo, según la política estándar de acuerdo de pago a plazos, se aplicarán multas e intereses, por lo que el IRS alienta a aquellos que no pueden pagar el total a considerar obtener un préstamo de una institución financiera para evitar los costos de un acuerdo de pago a plazos con el IRS. Una vez realizado el pago, el empleador debe devolver el acuerdo de cierre firmado al IRS.


Fuente IRS.


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